TERCERO: Ahora bien, de la revisión exhaustiva del Escrito de Estimación e Intimación de costas judiciales, se observa que la accionante, no cumplió con su deber de estimar los gastos y diligencias por el soportados y realizadas, respectivamente, en la causa en que venció totalmente, lo cual debe hacer indicando los montos o valor de cada diligencia, así como los gastos en que haya incurrido al realizarlas. Tampoco indicó con precisión la dependencia de la Alcaldía del Municipio Libertador, en que presupone esta Juzgadora, labora la demandada (en virtud de que allí la actora la domicilió), lo cual dificulta la intimación de la misma. Por lo que lo procedente es en garantía del derecho a la defensa, abstenerse de admitir la presente solicitud y ordenar a la actora la corrección del escrito sobre el cual aquí se providencia, estimando con claridad sus gastos y diligencias, e indicando la dependencia de la Alcaldía del Municipio Libertador, en la que labora la demandada. Y así se declara .....