Por las razones antes expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: La Nulidad de las Boletas de Citación y del Despacho librado al Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, remitido anexo a oficio N° 332 de fecha 22 de Octubre de 2.003, y de todos los actos subsiguientes y dependientes del mismo. REPONE la causa al estado de que libre Boleta de Citación al Obligado Demandado, ciudadano NELSON ALBERTO GARCIA GUERRERO, suficientemente identificado en autos, comisionándose al Juzgado antes mencionado a los fines de que practique la citación del mismo. Libresé Boleta de citación y Despacho anexo a oficio.-