D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de
la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley
DECLARA: CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por el ciudadano FELIX EUGENIO MARMOLI MARMOLI, titular de la cédula de identidad No. V-11.178.655, en su carácter de parte demandante, contra el ciudadano WILLIAMS NICOLÁS MARIN MEDINA, plenamente identificado en autos. En consecuencia se condena a la parte demandada a: PRIMERO: Hacer entrega del inmueble constituido por una casa, ubicada en el Callejón Coromoto, numero 113, Barrio Unión, en esta Jurisdicción San Mateo, Estado Aragua cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: En 9.10 Mts, limite con ter.....