D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCION BREVE, en la presente demanda que por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), incoara la ciudadana: ARLENE PINTO, titular de la cédula de identidad Nº V-7.180.420, Abogada en ejercicio, Inpreabogado No. 67.237 en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EDENNY JOSEFINA GARCIA LUGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V-7.198.619, contra el ciudadano: RODOLFO RAFAEL BASTIDAS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.191.192.
No hay condenatoria en costa de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedi.....