....El Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 237 y 238 Del Código de Procedimiento Civil DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE los bienes antes señalados, hasta por la cantidad de la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES (Bs.4.440,00.), desposesionándolo jurídicamente del patrimonio del demandado y lo coloca en posesión del ciudadano HENRY GARCÍA titular de la cédula de identidad N° V- 5.276.824 representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A, quien de seguida expone: " recibo conforme en nombre de mi representada, los bienes muebles embargados ejecutivamente, los cuales serán trasladados a los deposito de la depositaria judicial ubicados en la Victoria, es todo". El Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a lo establecido en los artículos .....