Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mariño Briceño Iragorry del Estado Aragua en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, vistas las exposiciones de las partes, y por cuanto en la presente comisiòn no consta que se haya notificado a la Alcaldía del Municipio Girardot de la Ejecución Voluntaria de la Sentencia, es por lo que en resguardo de los derechos Constitucionales de debido proceso, derecho a la defensa y seguridad juridica, se abstiene de practicar la medida; no obstante a ello, le Notifica a la Sindico Procurador Municipal que se encuentra presente en este acto, que a partir de esta fecha queda debidamente Notificada de la Sentencia de fecha 11 de Abril de 2005, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, todo conforme a lo pautado en los Artículos 160 y 161 de la Ley Orgánica del P.....