Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara cumplida la presente comisión conforme a los parámetros indicados en el Mandamiento de Ejecución, por cuanto fue debidamente notificado al ciudadano MARTIN ANTONIO YORIO OVALLES, titular de la cedula de identidad Nº 7.185.410, en su carácter de arrendatario del local Comercial distinguido con el Nº 10, ubicado en la calle 5 de Julio de esta Municipio Girardot, Maracay Estado Aragua, cuyos linderos son: NORTE: Con casa y solar que es o fue de la viuda de Juan Bautista Rodríguez. SUR: Con casa y solar de la Nación. ESTE: Con la Calle 5 de Julio que es su frente, y OESTE: Con solar de casa que es o fue de los hermanos Ontiveros; todo conforme a lo señalado en el Mandamiento de Ejecución, que a partir de la presente fecha 02-11-2009, deberá consignar los canones de arrendamiento vencidos o que se venzan, en el .....