Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA embargadas preventivamente el 60% de las acciones que posee la Ciudadana JULIA JOSEFINA ZERPA LOPEZ, C.I. Nº 8.556.639, en la Compañía JULIA HAIR FASHION C.A., cuyo valor de cada acción es dos millones de Bolívares (Bs. 2.000.000,oo), hoy Bs. 2.000,oo Fuertes, para un total de Bs. F. 12.000,oo., tal y como consta en el Capitulo II, Articulo 4 del Registro Mercantil, del cual se anexa copia simple. Notifique lo pertinente al registro Mercantil Primero de la Circunscripción del estado Aragua. La parte actora indico que por cuanto el monto embargado no cubre la totalidad de la medida se reservaba el derecho a seguir señalando bienes propiedad de la parte demandada, por lo que el Tribunal fijara oportunidad una vez que la parte interesada concurra a peticionarlo.