Las partes llegaron a un convenimiento en los terminos siguientes: la parte demandada ciudadano OMAR ALONSO SANABRIA BETANCOURT, titular de la cédula de identidad Nº 14.429.169, debidamente asistido por el Abogado UGARTE ROJAS DAYANA MARILUZ; y expone: A los fines de dar por terminada la presente causa en este acto ofrezco cancelar la suma de Bs. 33.930,08, que comprende la totalidad de la suma condenada a pagar de la siguiente forma: En este acto la cantidad de 11.500,oo, a través de deposito bancario Nº 0693218, de fecha 26 de octubre de 2009, a nombre de INVERSORA PARTICIPAR, S.A., del Banco Nacional de Crédito, y el monto restante de Bs. 24.430,08 en TRES (3) cuotas de Bs.7.476,69, cada una, pagaderas la primera el día 26-11-2009, la segunda el 26-12-2009 y la tercera y última cuota el 26-01-2010, las cuales se obliga a cancelar en la sede de la Empresa Demandante INVERSORA PARTICIPAR, S.A., ubicada en Valencia, Edo. Carabobo, Urbanización Carabobo, Edificio grupo Carabob.....