El Tribunal dando cumplimiento a la comisiòn encomendada declaro embargados preventivamente los bienes muebles discriminados en el acta y señalados por las apoderadas actoras y los cuales ascienden a la suma de BS. VEINTIUN MIL CINCUENTA BOLIVARES, (Bs. 21.040); valor este estimado por el perito designado y juramentado a tal efecto; siendo el monto total a embargar segun el mandamiento de Ejecuciòn, por la suma Bs. 226.437,66, quedando un remante por embargar de la cantidad de Bs. 205.387,66; se hizo entrega de los bienes al representante de la depositaria judicial La Nacional C.A., ciudadano JOSE FELIX CASTILLO plenamente identificado en autos, quien estando presente recibio conforme para su representada los bienes descritos en el acta y embargados preventivamente por este Tribunal, y los dejo en el lugar donde se encuentran actualmente hasta tanto la parte actora provea de los recursos necesarios para hacer efectivo su traslado a la sede de su representada, las Apoderadas Judic.....