El Tribunal Ejecutor vista la exposición de la notificada, en la cual niega el Reenganche y Pago de salarios caídos de los trabajadores arriba identificados, se abstiene de reengancharlos y ejecutar el pago de los salarios caídos, y ordena devolver las presentes actuaciones con sus resultas en el estado en que s encuentra al Tribunal de la Causa, con el objeto de que se abra el Procedimiento correspondiente en que incurrieron las Empresas Pastelería Primavera S.R.L., ó Pastelería Girasol, C.A., al oponerse al Reenganche y Pago de Salarios Caídos de los trabajadores y por el incumplimiento al Amparo Constitucional declarado con lugar por dicho Tribunal.