En este estado, el Tribunal, visto el señalamiento y solicitud de la parte actora y vista la comisión conferida por el Juzgado de la causa, así como el principio constitucional a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, declara EJECUTIVAMENTE EMBARGADO inmueble constituido por una Parcela de terreno y la casa sobre ella construida, distinguida con la letra y número E raya dieciocho (E-18) y el área de ampliación L (E-18), situado en la manzana "E" de la tercera etapa del Parque Residencial Los Overos Jurisdicción del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, con un área de Ciento Cincuenta y Cuatro Metros Cuadrados con Treinta Decímetros Cuadrados (154,30 mts2) y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle "D"; SUR: Parcelas E-19 y L (E-19); ESTE: L (E-18) y OESTE: parcela E-17. Le corresponde un porcent.....