En este estado, siendo las 9:30 de la noche, intervinieron las abogadas ADRIANA LA ROSA PAZ y CELSA ROMERO, ya identificadas, con el carácter de apoderadas judiciales de la parte actora y expusieron:"desocupado como fue el inmueble de los bienes muebles que se hallaban en él, recibimos al mismo en nombre de nuestra representada, totalmente libre de bienes muebles y de personas, es todo". Finalmente, el tribunal, cumplida como fue la comisión de conformidad con lo establecido en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, ordena la remisión del presente expediente con todos sus anexos al Juzgado de la causa y el regreso a su sede siendo las 10:00 de la noche.