En este estado siendo las 10:30 de la mañana, agotado el lapso concedido sin que se hiciera presente alguna persona, el Tribunal, visto el señalamiento de la parte actora y vista la comisión conferida por el Juzgado de la causa, así como el principio constitucional a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, declara EJECUTIVAMENTE EMBARGADO inmueble constituido por una parcela de terreno distinguida con el N° 111 y la casa-quinta sobre ella construida, que forma parte del parcelamiento denominado URBANIZACION VILLAS EL ANGEL, situado en la Calle Leonardo Ruiz Pineda del asentamiento campesino La Morita II, Jurisdicción del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, consistente en un lote de terreno integrado sobre el cual se encuentra construido el desarrollo distinguido con el N° 69, y cuyo numero catastral .....