En consecuencia, ambas partes solicitamos al Tribunal Ejecutor se abstenga de practicar la medida de secuestro decretada y mantenga la comisión en su sede hasta el cumplimiento definitivo de las obligaciones aquí asumidas, para lo cual la parte actora se compromete a diligenciar ante el tribunal en la oportunidad pertinente, a los fines de la devolución al Juzgado de la causa, es todo. En este estado, el tribunal, visto el acuerdo celebrado por las partes, se abstiene de practicar la medida decretada