Finalmente, el Tribunal, cumplida parcialmente como fue la comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, ordena el regreso a su sede, siendo las 12:30 de la tarde y la remisión de las actuaciones al Juzgado de la Causa. Se acordó la expedición de copias simples de la presente acta solicitada por la parte actora. Es