En este estado, el Tribunal en cumplimiento al principio constitucional a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 de la Carta Magna, que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, y visto el señalamiento de la parte actora, así como la indicación de la gerente notificada, DECLARO EJECUTIVAMENTE EMBARGADA LA SUMA DE BS. 11.500,oo contenida en la cuenta corriente N° 01750415110151000263 a nombre de la codemandada, ciudadana ROSA MENDEZ DO CUOTO, ya identificada y ordenó a la gerente notificada librar el cheque de gerencia a nombre del Juzgado comitente. Seguidamente, la gerente notificada hizo entrega del Cheque de Gerencia N° 00000548 del Banco Bicentenario por la cantidad de Bs. 11.500,oo a nombre del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la circunscripción judicial del estado Aragua.