Acto seguido, siendo las 10:15 de la mañana, el notificado, ciudadano Enrico Pizzino, titular de la cédula de identidad N° 7.269.112, debidamente asistido por el Abogado MANUEL BIEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.075, expuso: "Procedo en este acto a hacer Entrega Voluntaria del inmueble objeto de la medida y en consecuencia procederé a trasladar todas mis pertenencias bajo mi cuenta, riesgo y responsabilidad, es todo".En este estado, el tribunal, vista la manifestación de voluntad del notificado, debidamente asistido de abogado, de entregar voluntariamente el inmueble objeto de la medida, se abstiene de practicar la misma; no obstante acuerda permanecer en la dirección antes indicada hasta culminar los actos de traslado de los bienes muebles. En este estado, siendo las 4:00 de la tarde, intervino el ciudadano Abogado Nerio Rivero, Inpreabogado N° 127.747, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora y expuso:" recibo el inmueble entregado por el demandado, .....