En este estado, siendo las 12:30 de la tarde, el Tribunal, habiendo transcurrido en exceso el lapso de espera concedido sin que se presentara algún representante de la parte demandada; visto el contenido de la comisión del Tribunal de la causa y en cumplimiento al principio constitucional a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 de la Carta Magna, que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, procedió a SECUESTRAR el inmueble constituido por un: lote de terreno ubicado en la calle Salias N° 22-A de la ciudad de Turmero, municipio Santiago Mariño del estado Aragua y comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas : NORTE: En trece metros con cuarenta y cuatro centímetros (13,44mts) con casa y terreno propiedad de hermanos Montes de Oca; SUR: En trece metros con veinte centímetros (13,20mts) con calle Salias; ESTE: En veintiséis con cincuenta centímetros (26,50mt.....