En este estado, intervinieron los abogados apoderados judiciales de la parte actora, y expusieron: "Aceptamos la cantidad de la cual nos hace entrega el apoderado judicial de la empresa demandada y aceptamos los conceptos del pago. Solicitamos al tribunal se abstenga de practicar la medida de secuestro y remita las actuaciones al juzgado de la causa, es todo. Acto seguido, ambas partes solicitan la remisión de la presente al Tribunal de la causa a los fines de que imparta la homologación de la presente acta y ordene el archivo del expediente". Seguidamente, el Tribunal deja constancia de incorporar a la presente acta copia fotostática del Cheque de gerencia entregado a la parte actora y, visto el acuerdo celebrado por las partes y la solicitud formulada, se abstiene de practicar la medida de secuestro decretada y ordena la devolución de la presente comisión al Juzgado de origen. Cumplida como fue la comisión de conformidad con lo previsto en el artículo 238 del Código de Procedimien.....