Ahora bien la ciudadana jueza una vez oído el acuerdo y la manifestación de aceptación por parte del apoderado del trabajador y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derecho laborales este tribunal le imparte la homologación al presente acuerdo transaccional, de conformidad con los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela,, 3 de la Ley orgánica del Trabajo 11 del Reglamento así mismo acuerda el cierre y archivo del presente Es Todo conforme firman .