Ahora bien la ciudadana jueza una vez vista y revisada la transacción presentada y oída la manifestación de aceptación por parte del representante del trabajador acuerda dar la misma por reproducida y agregar a los autos un ejemplar de dicha transacción, para que la misma surta sus efectos legales así como carta de renuncia, copia de la cedula de identidad, copia de la planilla de liquidación de prestaciones sociales, copia de la ficha personal de la empresa,. Así mismo una vez presenciada la entrega del cheque girado contra el Banco de Venezuela, N° S9211000199, a nombre del ciudadano LEONEL JESÚS NIEVES MARTÍNEZ, titular de la cedula de identidad N° V-18.163.134, por la cantidad ofrecida. finalmente, vista la aceptación por parte del representante del actor y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derecho laborales este tribunal le imparte la homologación, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bol.....