después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las diferencia de los beneficios demandadas hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES.(BSF 4.000,00) pagaderos por ante este mismo tribunal el día 18 de diciembre de los corrientes, ofrecimiento y modalidad esta este aceptado por la representante de la actora, con la finalidad de poner fin a la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE BENEFICIOS LABORALES incoara la ciudadana AILID COROMOTO MELENDEZ, plenamente identificada contra la SOCIEDAD DE COMERCIOBANCO EXTERIOR. Ahora bien la ciudadana jueza una vez oída la manifestación de aceptación por parte de la representación de la actora, y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derecho laborales este tribunal le imparte la homologación, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Con.....