Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las indemnizaciones que puedan corresponder al actor por enfermedad profesional por lo hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS. 35.000,00) NETOS, pagaderos en este momento, mediante Cheque Nº 00002043 de fecha doce (12) de marzo de dos mil diez (2010), girado contra el Banco PROVINCIAL, a favor del ciudadano REINA ALVARADO MIGUEL ANGEL, por un monto de Bs. 35.000,00, ofrecimiento este aceptado por la Apoderada Judicial del demandante, por lo que ambas parte consignan un ejemplar de la transacción Celebrada y copia fotostática del cheque pagado, donde consta todos y cada uno de los montos y conceptos transados, con la finalidad de poner fin a la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL incoara el ciudadano MIGUEL ANGEL.....