Por las razones todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano WILLIAN JOSÉ YZAYA MELO, en contra de la empresa EXTRUIDOS TÉCNICOS EXTRUTEC C.A. En consecuencia se condena a la demandada, a pagar la cantidad de SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (7.352,99) más lo que resulte de la sentencia complementaria antes acordada