es por lo que, en el presente caso este Tribunal OCTAVO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria, por considerar que el referido desistimiento no es contrario a ninguna disposición expresa en la Ley y versa sobre los derechos disponibles, le imparte la homologación al desistimiento del procedimiento contra la SOCIEDAD MERCANTIL GRABADOS NACIONALES, C.A., y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena solicitar a la Oficina de Depósitos de Bienes de este Circuito Judicial la devolución del escrito de promoción de pruebas así como los anexos solicitados por la parte actora para su entrega, de igual manera se ordena el cierre y archivo del presente expediente una vez transcurrido el lapso de ley. Así se decide. Líbrese ofic.....