Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES pendientes la parte demandada hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (BS. 15.581,25), los cuales son cancelados por la parte demandada de la forma siguiente: Primero: en este acto mediante Cheque Nº 12256809 de fecha veinticinco (25) de enero de 2010, girado contra la cuenta Nº 0128-0054-16-5400499108 del Banco CARONI, a favor del ciudadano MIGUEL RIOS, por un monto de Bs. 10.000,00, y el resto es decir cinco mil quinientos ochenta y un bolívares con veinticinco céntimos (Bs. 5.581,25), el trabajador demandante deja expresa constancia de haberlos recibo de la manera siguiente: novecientos setenta y un bolívares con veinticinco céntimos (Bs. 971,25.....