SE ORDENA la remisión inmediata del presente expediente por medio de Oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral a objeto de que se pronuncie en forma inminente sobre la apelación interpuesta por la parte demandada en fecha 05 de marzo de 2009, para lo cual deberá incluir el computo procesal respectivo. Así se establece.
Asimismo, vista la anterior decisión, este Tribunal actuando conforme a lo establecido en el Artículo 310 del Código de Procedimiento Civil y del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO el auto dictado en fecha 18 de Marzo de 2009, que corre inserto al folio 333, y en consecuencia, precisa a las partes, vista la situación acontecida, que una vez el mencionado Juzgado remita nuevamente el presente asunto a este Juzgado, se procederá en conciencia a fijar en forma inminente e inmediata, nueva oportunidad para el acto de celebración del audiencia oral, públi.....