Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado JUAN TOVAR, Inpreabogado No.124.367, en su carácter de apoderado judicial de la Organización Sindical SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE AUTOMERCADO SAN DIEGO C.A. (SINTRAAUMERSADI), en contra de la decisión dictada en fecha 20 de septiembre de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua con sede en Maracay. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia apelada que declaró inadmisible la acción de amparo ejercida bajo la motivación de esta Alzada. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, déjese copia, regístrese y remítas.....