Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado por las partes, contenida en al presente acta. SEGUNDO: Se deja sin efecto la audiencia a celebrarse el día de hoy 09/07/2008 a las 11:00 a.m. CUARTO: Remítase el expediente al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, una vez conste en autos el pago aquí acordado, a objeto de su archivo. QUINTO: No hay condenatoria en costas visto el acuerdo alcanzado por las partes. Expídase las copias certificadas solicitadas por las partes.