Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha once (11) de julio de dos mil doce (2012), por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos VULMARO MARCHÁN, YONATHAN COLINA, MICHAEL GALINDEZ, LEONIDAS GUILLÉN, PEDRO FLORES, JOSÉ OCHOA y JOSÉ HUMBERTO SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad números V-5.919.549, V-17.612.571, V-16.691.230, V-8.039.349, V-6.379.113, V-8.582.344 y V-4.094.869.....