En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte recurrente entidad de trabajo denominada PROAGRO, C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, en fecha 13 de febrero de 2017, que negó la medida de suspensión de los efectos del acto Administrativo N° 00170-2016 de fecha 30 de junio de 2016, dictado por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios, José Félix Rivas, José Rafael Ravenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar del Estado Aragua con sede en La Victoria, en el expediente Nro. 037-2014-01-01271. SEGUNDO: SE RATIFICA bajo la motivación antes expuesta la decisión recurrida, dictada en fecha 13 de febrero d.....