Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: DESISTIDA LA APELACION ejercida tanto por la parte actora como por la demandada CTS SERVICIOS C.A. contra de la decisión dictada en fecha 26 de mayo de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad Maracay y en consecuencia, SE CONFIRMA la decisión apelada. Segundo: Con lugar la defensa de prescripción de las utilidades opuesta por los demandados.- Tercero: Sin lugar la demandada interpuesta por la Ciudadana ANGELA MARIA PALOMBO YBARRA, titular de la cedula de identidad No.5.627.088 contra AMERICAN TEXTIL SERVICES C.A. y HERBERT WILSON BALAGUERA, identificados en autos.- Cuarto: Parcialmente con lugar la demandada in.....