Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por interpuesto por la parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha: 07 de Mayo de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana ESCARLET NACARY DÍAZ MONTENEGRO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.992.598, y en consecuencia SE CONDENA a la sociedad de comercio denominada GLOBAL MOTORS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado, e.....