Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte accionante, en contra de la decisión dictada en fecha 08/11/2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria. SEGUNDO: SE REVOCA, la anterior decisión, por lo motivos antes expuestos. TERCERO: INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano DAVID ALBERTO MÁRQUEZ, ya identificado, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, URDANETA, SAN SEBASTIÁN, ZAMORA, JOSÉ ÁNGEL LAMAS, SAN CASIMIRO y CAMATAGUA, CON SEDE EN CAGUA ESTADO ARAGUA.