Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 07 de abril de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de la Victoria; y en consecuencia SE MODIFICA la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MÁXIMO RAFAEL MEJÍAS MORENO, venezolano, mayor de edad, en contra de la sociedad mercantil denominada INDUSTRIAS ÚNICON, C.A., y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, antes identificada, a cancelar al demandante, ya identificado, la suma de setenta mil bolívares (Bs.70.000,00), por c.....