Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 15/12/2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano VÍCTOR RAMÓN OJEDA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.023.760, y en consecuencia SE CONDENA a la demandada sociedad de comercio ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL DE SEGURIDAD, C.A. (OREMSECA), a cancelar al demandante, ya identificado, la suma establecida en la motiva del presente fallo. TERCERO: Conforme .....