Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la decisión definitiva dictada en fecha 20 de Mayo de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: PRESCRITA LA ACCIÓN INTERPUESTA. TERCERO: SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos MIGUEL ALIS CAICEDO y RAMON ANTONIO CAICEDO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad No. 11.989.435 y 9.590.853 respectivamente; contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORIA LUCANIA, C.A., inscrita ante el Registro Mercan.....