PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado por las partes, contenida en la presente acta de fecha 14/02/2011. SEGUNDO: Remítase el expediente al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y archívese el mismo, una vez que las demandadas hayan dado cabal cumplimiento a lo acordado mediante la presente acta. TERCERO: Se deja sin efecto la audiencia fijada para el día de hoy 14/02/2011, a las 2:30 de la tarde. CUARTO: No hay condenatoria en costas, visto el acuerdo alcanzado por las partes.