Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: : PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión definitiva dictada en fecha 11 de agosto de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria. TERCERO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de que el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, provea lo conducente, a los fines de notificar a los herederos del de cuyus Pedro Viana Hernández; y posteriormente, fije oportunidad pa.....