Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por la co-demandada, entidad de trabajo "Automercados Fresco Market Afn, C.A.,, contra el fallo del 25 de enero de 2023, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado en los términos expuestos en la motiva de la presente decisión.