Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la abogado Carlos Chávez, inscrito en el Inpreabogado No. 7.856, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ACABADOS VENEZOLANOS, C.A., contra el pronunciamiento dictado en fecha 20 de marzo de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo, que negó la apelación ejercida por la parte demandada contra la resolución dictada por el mencionado Juzgado en fecha 16 de marzo de 2009.