Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de abril de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia consultada, dictada en fecha 13 de abril de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano GERARDO SÁNCHEZ MORA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.594.456, y en consecuencia SE CONDENA a la COMPAÑÍA ANÓ.....