PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado por las partes, contenida en la presente acta de fecha: 17/12/2009. SEGUNDO: Remítase el expediente al Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y archívese el mismo, una vez que la demandada haya cumplido con la obligación asumida en el acuerdo. TERCERO: No hay condenatoria en costas, visto el acuerdo alcanzado por las partes. Expídase las copias certificadas solicitadas por las partes.