En virtud de las razones antes expuestas este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: : PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, contenida en auto de fecha 22 de julio de 2010, y en consecuencia SE REVOCA, la anterior decisión. SEGUNDO: SE ORDENA al juzgado a quo fije por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar. CUARTO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.