Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado por el ciudadano ALFREDO RAMÓN MAGALLANES, asistido por el abogado Cesar Ramón Mejías, en la acción de amparo constitucional ejercida contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en ciudad de Maracay, la cual declaró la Inadmisibilidad de la demanda