Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE in limine litis la demanda de amparo que interpusieron JUAN RAFAEL PULIDO SALAS, BENARDINA MONTOYA CHIRINOS y AVAD YACQUELINE ESCOBAR PINEDA, ya identificados, contra los autos dictados en fecha 09 de junio de 2023 en los expedientes Nos. DP11-O-2023-000014, DP11-O-2023-000015 y DP11-O-2023-000016, por el por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay.