Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el beneficiario del acto administrativo impugnado en nulidad, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil DROGUERIA COBECA CENTRO, C.A., ya identificada, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 1056-2010, dictada en fecha 15 de diciembre de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Costa de Oro, Santiago Mariño, Linares Alcántara y Libertador del estado Aragua, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pag.....