En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la decisión dictada de fecha 17 de abril de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria. y en consecuencia se REVOCA la anterior decisión, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana CARMEN IRAMA BLANCO MUJICA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.359.258; y en consecuencia SE CONDENA a la demandada sociedad de comercio COMERCIAL KLASS-5, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha seis (06) de noviembre (11) de 2002, bajo el N° 45,.....