Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 22 de octubre de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos expuestos. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOVANNI ANTONIO CAÑIZALEZ CAMACHO, ya identificado, en contra del ciudadano FREDDY ENRIQUE ZUBIRIA SULBARAN, ya identificado; y en consecuencia SE CONDENA al accionado, a cancelar al demandante la cantidad de once mil noventa y ocho bolívares con sesenta y ocho céntimos (Bs.11.098,68). TERCERO: Se acuer.....